sábado, 6 de septiembre de 2008

Autopistas y autovías

- ¿Vas a ir por carretera o por autovía?
- No, voy por autopista.
- ¿Cómo por Autopista? No es de peaje...

Efectivamente, mucha gente cree que la diferencia entre autopistas y autovías es que las primeras son de peaje y las segundas no. De hehco, la clase política, y las administraciones encargadas de las infraestructuras, cuando plantean nuevas carreteras de alta capacidad, tienen mucho cuidado de llamarlas autovías, aunque luego realmente sean autopistas, para que el contribuyente / votante no piense que van a ser de peaje. Pero... ¿cúal es realmente la diferencia entre una autopista y una autovia?

La respuesta nos la da el reglamento de la circulación. Vamos a utilizar esta copia que el señor Google nos ha permitido localizar.

La primera diferencia aparece en la disposición final primera del real decreto, apartado dos, la definición de autovía:

Autovía. Autovía es la carretera especialmente proyectada, construida y señalizada como tal que tiene las siguientes características:
  • Tener acceso limitado a ella las propiedades colindantes.
  • [...]
Mientras que en la definición de autopista, esta última frase es "no tener acceso a ella las fincas colindantes".

Y la segunda diferencia está en el artículo 38.1:

los conductores de bicicletas mayores de 14 años podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente. Dicha prohibición se complementará con un panel que informe del itinerario alternativo
De las autovías, pero no de las autopistas. En la práctica, dicha señalización de prohibición está en casi todas las autovías, y no exinten paneles dando itinerarios alternativos... pero bueno, la norma ahí queda.

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